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Conforme la Orden PRE/1283/2007 de 10 de mayo, y normativa de desarrollo, la documentación a presentar debe de ser la siguiente:
• Impreso de solicitud por cada uno de los invitados, cumplimentado con todos los datos (Si la invitación va dirigida a dos o más personas se tiene que hacer constar que la vivienda es habitable para todas ellas).
• Documentación del invitante en vigor (DNI o pasaporte). En caso de extranjero, además de pasaporte debe aportar certificado de registro de la UE o tarjeta de identidad de extranjero.
• Título que acredite la disponibilidad de la vivienda (título de arrendamiento, escritura de compraventa o cualquier otro que acredite dicha situación).
• Toda la documentación debe ser original y acompañada de fotocopia.
• En la fase de instrucción de la solicitud, le podrá ser requerida cualquier otra documentación adicional.
• El solicitante deberá de dirigir la solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, la cual será la competente para la tramitación y expedición
NOTA: Para aquellos casos exclusivamente de Ciudadanos UE que no dispongan de pasaporte y si de documentos de identidad, podrán introducir el número de dicho documento en el campo PASAPORTE
AVISO IMPORTANTE:
Con objeto de evitar desplazamientos innecesarios, se informa de que los trámites pertenecientes al Cuerpo Nacional de Policía serán atendidos únicamente aquellos cuyas solicitudes correspondan a ciudadanos que residan en la provincia de Madrid.
En el caso de las solicitudes de Carta de Invitación el solicitante deberá dirigir la solicitud a la Comisaría de Policía de su lugar de residencia, siendo competente en el caso de la ciudad de Madrid, la Comisaría de Distrito que corresponda con el domicilio donde esté empadronado el invitante
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