Información del trámite
PRÓRROGAS DE ESTANCIA
Se trata de un Trámite personal, exclusivo para personas que se encuentren en situación de estancia, con o sin visado.
Deben concurrir circunstancias excepcionales.
Información y tramitación (sin necesidad de cita) en Brigada Provincial de Extranjería y Fronteras de Madrid, Avda. de los Poblados 51 (Madrid), días laborables, de 9 a 13 horas.
LegislaciÓn aplicable
- Artículo 30 de la L.O. 4/2000.
- Articulo 51 Reglamento de Extranjería (R.D. 1155/2024).
- Reglamento 810/2009 del Parlamento Europeo.”
El siguiente texto procede de la Administración española y se muestra en español como fuente legal. La traducción es orientativa.
Versión en español obtenida el 26 de julio de 2026.
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