Información del trámite
Para presentar solicitudes iniciales se deberá acudir el día de la cita con la solicitud de autorización de residencia en modelo oficial EX-10 (pdf), original y copia.
NOTA: Puede obtener más información accediendo a éste enlace:Información
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Arraigo laboral (art.124.1):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años.
- Certificado de antecentes penales expedido por las autoridades del país o países en el que el solicitante haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España, debidamente legalizado
- Resolución judicial o resolución administrativa confirmatoria del acta de infracción de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social que reconozca existencia de relación laboral no inferior a 6 meses.
Arraigo social (art.124.2):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor debidamente legalizado.
- Certificado de antecentes penales expedido por las autoridades del país o países en el que el solicitante haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España, debidamente legalizado.
- Documentos que acrediten la permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de tres años.
- Contrato de trabajo firmado, en el momento de la solicitud, por el trabajador y empresario con duración no inferior a un año.
- Documentos que acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes (cónyuge, ascendientes o descendientes en línea directa) o informe que acredite su integración social emitido por la Comunidad Autónoma o el Ayuntamiento en el que tenga su domicilio habitual.
Arraigo familiar (art. 124.3 a y b):
- Pasaporte completo o título de viaje o, en su caso, cédula de inscripción en vigor.
- Certificado de antecentes penales expedido por las autoridades del país o países en el que el solicitante haya residido durante los cinco últimos años anteriores a su entrada en España, debidamente legalizado.
- Documentos que acrediten el vínculo familiar.
- Documentos que acrediten que el padre o la madre han sido originariamente españoles (supuesto de hijo de padre o madre español de origen).
- Documentos que acrediten la nacionalidad del menor (supuesto de padre o madre de menor de nacionalidad española o de la Unión Europea, Espacio Económico Europeo o Suiza).
El siguiente texto procede de la Administración española y se muestra en español como fuente legal. La traducción es orientativa.
Versión en español obtenida el 26 de julio de 2026.
Esta información se ofrece solo por comodidad y puede ser inexacta o estar desactualizada. Verifica siempre la información oficial vigente en la web de la Administración.