Información del trámite
La recogida de la TARJETA ROJA se llevará a cabo siempre por el titular de la misma, salvo que sea un ciudadano menor de 14 años o persona con capacidad judicialmente complementada (ver nota).
En el momento de la recogida se deberá presentar el pasaporte, original y en vigor, así como el resguardo que se le entregó el día de la solicitud de la tarjeta roja y el justificante de solicitante de asilo anterior (tarjeta roja o documento blanco).
NOTA: En el caso de menores de 14 años o persona con capacidad jurídica judicialmente complementada podrá acudir la persona que ostente la representación legal o apoderado, sin el menor o incapacitado, aportando los documentos necesarios para acreditar tal circunstancia.
El siguiente texto procede de la Administración española y se muestra en español como fuente legal. La traducción es orientativa.
Versión en español obtenida el 26 de julio de 2026.
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