Il testo seguente proviene dall'Amministrazione spagnola ed è mostrato in spagnolo come fonte legale. La traduzione è solo orientativa.
IMPORTANTE: LE SERÁ ASIGNADA CITA DISPONIBLE EN CUALQUIER COMISARIA DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA, SIEMPRE QUE SE ENCUENTRE EMPADRONADO EN DICHA PROVINCIA.
Deberá aportar los siguientes documentos:
• Modelo de solicitud y copia, una por cada invitado https://sede.policia.gob.es/portalCiudadano/sede_electronica/extranjeria/carta_invitacion.pdf
• Documento sobre la disponibilidad de una vivienda:
• Si es propietario:
• nota simple reciente del registro de la propiedad
• Si no es propietario:
• nota simple reciente del registro de la propiedad y contrato de alquiler u otro documento que acredite la disponibilidad de la vivienda
• Original y copia del pasaporte de invitante (o DNI) e invitado (se recomienda aportarlo para una correcta transcripción de los datos biográficos)
• Tasa correctamente abonada en cualquier entidad bancaria. El impreso de pago de tasa deberá descargarse desde el portal de la Policía, en el enlace: https://sede.policia.gob.es/Tasa790_012/
Además:
• Si la solicitud se efectúa por medio de representante, deberá acreditarse tal representación mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia y la copia del pasaporte o documento de identidad del representado deberá estar testimoniada o compulsada.
Nota importante: Traducción: cuando se aporten documentos de otros países deberán estar traducidos al castellano o lengua cooficial del territorio donde se presente la solicitud. Legalización: Todo documento público extranjero deberá ser previamente legalizado por la Oficina consular de España con jurisdicción en el país en el que se ha expedido dicho documento o, en su caso, por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación salvo en el caso en que dicho documento haya sido apostillado por la Autoridad competente del país emisor según el Convenio de la Haya de 5 de octubre de 1961 o que dicho documento esté exento de legalización en virtud de Convenio Internacional. Más información sobre traducción y legalización de documentos en: https://www.inclusion.gob.es/documents/410169/2260168/61.+Legalizaci%C3%B3n+y+traducci%C3%B3n+de+documentos+para+la+tramitaci%C3%B3n+de+procedimientos+en+materia+de+extranjer%C3%ADa+e+inmigraci%C3%B3n.pdf/4cc5bb18-586c-7922-4ec1-c4e5997f2f6a?t=1748599308254
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